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Autonomia de vuelo
Saludos a todos,
Quisiera saber si podrian resolverme una duda.
Teniendo la licencia de ultraligero, el seguro en regla, la aeronave en perfecto estado, y el resto de exigencias legales correctamente;
¿Puede un civil, que posea en su finca una pista de aterrizaje que cumpla con los requisitos, asi como un angar tecnicamente equipado, disponer de dichas instalaciones para realizar sus vuelos, respetando siempre las normativas de altura, meteorología y evitar las zonas habitadas, en cualquier momento?
Les agradezco su colaboración.
Gracias
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Si te agarras, como pulpo en celo, al reglamento de ULM verás que en el artículo 8, letra f, se dice que solo necesitas el permiso del propietario del terreno para despegar o aterrizar.
Pero...
El problema viene cuando te das cuenta de que el reglamento de ULM (la dichosa Orden Ministerial, obsoleta y pensada para 4 "locos" que hace 25 años volaban con motores de cortacesped amarrados a una estructura de tubos forrados de tela) no es el único texto legal que nos compete y has de tener en cuenta la normativa de medioambiental, la urbanística, el RCA y la ordenanza municipal... entre otras :-(
Moraleja.
Si solo pretendes ir a tu finquita de vez en cuanto y muy "esporádicamente", no debes tener problemas salvo perjuicio de terceros.
Si lo que pretendes es tener tu campito de vuelos privado... mejor lo legalizas que, a la larga, te dará menos dolores de cabeza.
Carmelo M. Garrido
Presidente AEPAL