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Seguro durante periodo de aprendizaje
Adjunto una consulta recibida en el correo de información y que puede resultar de interés general:
"Soy residente en España con nacionalidad britanica. Estoy aprendiendo a volar con un instructor certificado por la BMAA de Inglaterra. No soy propietario de aeronave.
Lo que busco es un seguro que me cubra durante el periodo de instrucción y que tenga validez para hasta un año despues de esta fecha.
En primer lugar pienso alquilar un ultraligero cuando quiera volar. Busco un seguro que me cubra:
1) Daños a terceros
2) En caso de invalidez permanente
3) En caso de invalidez/daño temporal que me impida trabajar.
No sé si me pueden ayudar... Les agradezco de antemano por su ayuda.
Un saludo cordial."
Respuesta:
"....., no especificas si estás aprendiendo a volar en una escuela española o no.
Si estás aprendiendo en una escuela no autorizada por AESA en territorio español, ningún seguro te cubrirá (ni RC y daños propios) si se produce un accidente y la compañía descubre que se trataba de vuelos de escuela (ya sea solo bajo supervisión o en doble mando) en una escuela no autorizada.
1ª Recomendación. Verifica que el centro donde está dando clases tiene todos los permisos y documentos en regla para el país donde opera. La normativa británica difiere en muchos temas de la española.
Si la escuela es legal en España, el seguro de Responsabilidad Civil de la aeronave de escuela (que no puede ser cualquier aeronave sino que debe estar asignada a esa escuela) cubrirá tanto tu RC como piloto al mando (en tanto cuentes con tarjeta de alumno española en vigor) como tus daños personales
en caso de siniestro, ya que la normativa española obliga a las aeronaves españolas de escuela a tener esa cobertura para con los alumnos.
Si deseas mayores coberturas, como indemnizaciones por lucro cesante y demás temas que excedan de las coberturas típicas puedes contratar productos específicos en una correduría como son los Seguros de Piloto, aunque el lucro cesante es una ampliación de coberturas que se puede incluir (con sobrecoste) en los distintos seguros que te pueden ofrecer las federaciones o nosotros mismos.
2ª Recomendación, que una vez estés matriculado en un centro autorizado (cuentes con tarjeta de alumno) plantea tu demanda de cobertura por "lucro cesante" en la correduría (la que trabaja con nosotros si deseas hacerlo con el seguro de AEPAL u otra cualquiera de tu eleccion) para que se te
presupueste y contratarlo en el caso que te convenga.
3ª Recomendación. Cuando ya poseas la licencia de piloto (si vas a operar en España tendrá que ser licencia PPL JAR ó ULM española, dependiendo de la categoría del avión, y el avión deberá matricularse en España por ser residente) solicita un seguro de RC (obligatorio) conforme a normativa española, un seguro de piloto conforme a tus necesidades y manten la
ampliación de coberturas por lucro cesante que solicitaste mientras eras alumno piloto.
Si no vas a tener avión propio, asegúrate de que la aeronave que alquilas cuente al menos con seguro de RC en vigor y toda su documentación en regla para operar en el país que se encuentre (ten especial atención con los aviones con matrícula extranjera que vuelan en España y comprueba con cuidado su situación legal)."
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