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Libros de Piloto-Aeronave-Motor
Buenos días,
En estas últimas semanas en mi entorno hemos comentado sobre como debemos de tener los libros de Piloto-Aeronave-Motor:
• Libro del Piloto
• Libro de la Aeronave
• Libro del Motor
Bien, es un tema que no se suele tratar y he podido ver que hay demasiadas laguas:
1- ¿Que libros son obligatorios?
2- ¿Donde se Adquieren?
3- ¿Deben de ser "abiertos" por personal de AESA?, ó para ULM no es necesario?
4- ¿Podemos construir nuestros propios libros, o debemos adquirir los de La Administración?
5- ¿Podrían ser libros electrónicos (bases de datos, Excel, ...) y luego ir imprimiendo por ej. a un cuaderno de anillas?
6- ¿Que campos son obligados en cada libro?
7- ¿En el libro de motor: Deben aparecer los vuelos que realiza la aeronave, o valdría con anotar las intervenciones según manual de mantenimiento + otras. ¿Serviría por ej. anotar "Revisión de 300 horas realizada? o ¿Habría que detallarlo?
Otro tema:
- ¿Sería posible instalar en un aeronave homologada un motor,... una hélice,... que no está reconocido en su certificado de tipo?
- ¿Que procedimiento, si lo hubiera, sería necesario para tal fin?
Otro tema:
- ¿Es posible que para renovar el certificado de aeronavegabilidad, el inspector de seguridad en vuelo indique que pases revisión de aeronave en un taller determinado? Hablamos de ULM donde cada uno hace su mantenimiento.
Bueno, ya se que no, pero parece que así ocurre.
Espero comentarios y aclaraciones. Muchas gracias.
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A ver si no se escapa ninguna.
1. Los libros de aeronave y motor son obligatorios de mantener en ULMs NO certificados de tipo (construcción amateur)... aunque es muy recomendable también llevarlos al día en el resto de ULMs, los certificados de tipo.
El libro de piloto, en ULM, no tiene valor alguno salvo para llevar un registro extraoficial de las horas voladas, ya que solo el jefe de vuelos de un centro de vuelos autorizado puede certificar que se han volado horas (absurdo, pero bueno).
La diferencia es abismal con la aviación general en la que las horas anotadas en ese libro tienen valor de registro y el libro se considera un documento público, con las consiguientes responsabilidades que acarrea su alteración o falsedad.
2. Se adquieren en cualquier librería especializada, o en la del Ministerio de Fomento (MFOM), y en los casos necesarios han de ser diligenciados por la Oficina de Seguridad en Vuelo (OSV) correspondiente.
3. Como se dice en la pregunta 2, en caso de ser obligatorio es el personal de las OSVs quien los abre y diligencia en cada inspección.
4. Pues supongo que es más cómodo comprar el que edita el MFOM en los casos obligatorios... en los opcionales, cada uno a su gusto.
5. Pues eso, salvo los que han de ser diligenciados, cada uno según su mejor criterio.
6. Pilla uno diligenciado de avión y motor y esos son los obligatorios. En el caso del libro de piloto, pide a un PPL que lo tenga a mano que te los enumere... yo no lo tengo por aquí.
7. El libro de motor debe "casar" con el de la aeronave, incluso si ésta ha tenido distintos motores. Así que las inscripciones deberían ser las mismas en uno y otro.
El mantenimiento ha de detallarse con una declaración firmada por el mantenedor (ya sea un mecánico o el mismo propietario) y acompañarse de factura para trazabilidad de los recambios, materiales empleados y mano de obra si procede.
Otros temas, primera parte:
8. No. Cualquier alteración de la aeronave que no recoja su certificado de tipo o posteriores certificados de tipo suplementarios (STCs) invalida su aeronavegabilidad.
9. Si la aeronave es certificada, habría que hacer un STC por cada modificación que se desee realizar... y tendrá que hacerlo el propietario del certificado de tipo, que no el titular de la aeronave.
Si la aeronave es NO certificada, puedes solicitar la modificación en la OSV documentándola según el criterio de la inspección, que anotará tal cambio en la documentación del avión y el expediente que se conserva en la OSV.
Otro tema final:
Esa "recomendación" me parece altamente irregular... pero sin más datos no quiero pensar mal.
El mantenimiento en ULM se realiza por el propio titular de la aeronave o en talleres no necesariamente certificados.
Una recomendación "no lucrativa" puede aceptarse, pero no imponerse.
Carmelo M. Garrido
Presidente AEPAL